lunes, 14 de abril de 2008

NORMAS DE AUDITORIA EMITIDAS POR LA INTOSAI

NORMAS DE AUDITORIA EMITIDAS POR LA “INTOSAI”

La INTOSAI ha elaborado estas normas con objeto de ofrecer un marco de referencia para el establecimiento de procedimientos y prácticas a seguir en la realización de las fiscalizaciones, incluidas las de los sistemas informatizados. Estas normas deben considerarse a la luz de las peculiaridades constitucionales, legales o de cualquier otro tipo de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS).
Los postulados básicos son hipótesis básicas, premisas coherentes, principios lógicos y requisitos que contribuyen al desarrollo de las normas de auditoria y sirven a los auditores para formar sus opiniones y elaborar sus informes, especialmente en tos casos en que no existan normas específicas aplicables.
Las normas de auditoria han de ser consecuentes con los postulados básicos y constituyen una guía mínima para el auditor, que le ayuda a determinar la amplitud de su actuación y los procedimientos que deben aplicarse en el fiscalización. Las normas de auditoria o fiscalización constituyen los criterios o la medida con tos que se evalúa la calidad de sus resultados.
Las interpretaciones y aclaraciones de estas normas corresponden al Comité Directivo de la I INTOSAI. y las modificaciones, al Congreso de la INTOSAI.



Los postulados básicos son los siguientes:
(a) Las EFS deben atender al cumplimiento de las normas de auditoria de ta INTOSAI en todas las cuestiones que se consideren esenciales. Puede que deltas normas no sean aplicables a algunos de los trabajos que realizan tas EFS, especialmente en aquellas organizadas en forma de Tribunales de Cuentas, ni a la actividad ajena a la fiscalización que ejecutan dichas entidades. Las EFS deben decidir las normas que son compatibles con este tipo de actividad, a fin de garantizar de manera permanente un alto nivel de calidad en sus trabajos.
(b> Las EFS deben aplicar su propio criterio a las diversas situaciones que surjan en el curso de la fiscalización pública.
(c) La obligación de rendir cuentas, por parte de las personas o entidades que manejan recursos públicos, esta cada vez mas en la conciencia de todos por lo que hay una mayor necesidad de que dicha obligación se cumpla de forma correcta y eficaz.
(d) La implantación, en et seno de tas Administradores Publicas, de unos sistemas idóneos de obtención de datos, de control, de evaluación y de presensación de informes facilitará el proceso de rendición de cuentas. La dirección es respónsale de que la forma y el contenido, tanto de los informes financieros como de los de cualquier otro tipo, sean correctos y adecuados.
(e) Las autoridades correspondientes deben garantizar la promulgación de normas de contabilidad aceptable, relativa a los informes financieros y a su publicación, adecuadas a las necesidades de la Administración, y las entidades fiscalizadas deben fijarse objetivos específicos y mensurables y determinar que niveles de rendimiento se han de lograr.
(f) La aplicación coherente de normas de contabilidad aceptables ha de dar lugar a una presentación correcta de la situación y de los resultados de las operaciones financieras.
(g) La existencia de un sistema de control interno apropiado reduce al mínimo el riesgo de errores e irregularidades.
(h) La cooperación de las entidades fiscalizadas, en lo que se refiere a proporcionar y mantener el acceso a los datos necesarios para una adecuada evaluación de sus actividades, se vera facilitada por la inclusión de tal obligación en un precepto legal.
(i) Todas tas actividades de auditoria de las EFS han de estar dentro de sus competencias légales.
(j) Las EFS deben contribuir al perfeccionamiento de las técnicas que se aplican para controlar la validez de tas medidas utilizadas para la valoración de los rendimientos.
(k) Las EFS deben evitar los conflictos de intereses entre el fiscalizador y la entidad fiscalizada.
Normas Generales de Flscalizad6n Publica
Esta sección trata de las normas generales de fiscalización pública. En ellas se describen los requisitos exigidos para que los auditores y las entidades fiscalizadoras realicen sus funciones de fiscalización e informen de manera adecuada y eficaz.
En las normas generales de fiscalización se incluyen normas que son aplicables tanto a los auditores como a las EFS, y normas aplicables solo a estas últimas. Las normas comunes al auditor y a las EFS son:
(a) Los auditores y las EFS deben ser independientes.
(b) Los auditores y tas EFS deben poseer la competencia profesional exigida.
(c) Los auditores y tas EFS deben emplear la debida diligencia y el máxima enteres en el cumplimiento de (as normas de auditoria de la INTOSAI. Esto abarca et empleo de la debida diligencia en la planeación y en la concreción, acumulación y evaluación de las pruebas, así como en el informe sobre resultados y en la elaboración de las conclusiones y recomendaciones.
Las normas generales de fiscalización establecen que tas EFS deben adoptar políticas y procedimientos para:
(a) Contratar personal con la preparación adecuada.
(b) Formar a sus funcionarios de manera que puedan realizar sus tareas eficazmente, y establecer las bases para la promoción de los auditores y del resto del personal.
(c) Elaborar manuales y otros tipos de guías e instrucciones escritas referentes a la realización de las auditorias.
(d) Aprovechar los medios técnicos y profesionales de que se dispone y determinar aquellos de los que se carece; distribuir adecuadamente dichos medios y asignar a cada tarea concreta el número suficiente de personas; planear y supervisar las fiscalizaciones de manera apropiada para conseguir con la diligencia y el interés debidos los objetivos perseguidos.
(e) Revisar la eficiencia y la eficacia de las normas y procedimientos internes de la EFS. Independencia
Si en el ejercicio de sus fundones la EFS requiriese el asesoramiento de especialistas ajenos a la misma, las normas relativas al empleo de la diligencia debida en tales situaciones afectaran también el mantenimiento de tas exigencias de calidad en la irrealización del trabajo. Utilizar el asesoramiento de expertos externos no libera de responsabilidad a tas EFS por tas opiniones formuladas y las conclusiones emitidas en el ejercicio de sus fundones fiscalizadoras. Las EFS deben establecer sistemas y métodos para:
(a) confirmar que los procedimientos de control de calidad han funcionado de manera satisfactoria
(b) asegurar ha calidad de los informes de fiscalización y
(c) conseguir alguna mejora y evitar que se repitan las deficiencias.
Los auditores deben tener presente que sus juicios se aplican a actividades derivadas de decisiones adoptadas por administraciones anteriores. Por lo tanto, deben ser muy cuidadosos al emitir tales juicios y el informe debe indicar la naturaleza y la extensión de los datos de que disponía (o de que debía disponer) la entidad fiscalizada en el momento en que se tomaron las decisiones. Al establecer claramente el alcance, los objetivos y los resultados de la fiscalización, el informe pone de manifiesto a todo el que lo lea que el auditor es imparcial. La imparcialidad también supone la exposición de las deficiencias o de los hallazgos críticos de forma que de lugar a que se corrijan y a que se mejoren los sistemas y la dirección de la entidad fiscalizada. Por consiguiente, y para asegurar que en el informe de fiscalización los hechos se presenten de forma completa, precisa e imparcial, estos se concuerdan, generalmente, con la entidad fiscalizada. Puede también ser necesario incluir las respuestas de la entidad fiscalizada a las cuestiones suscitadas, bien en toda su integridad o resumidas, especialmente en et caso en que las EFS expresen sus propios puntos de vista o recomendaciones.
En la formulación y et seguimiento de las recomendaciones el auditor debe ser objetivo e independiente y poner mas atención en si las deficiencias encontradas se han corregido que en si se han cumplido determinadas recomendaciones.
Al elaborar su opinión o informe de fiscalización, el auditor debe tener en cuenta la importancia de la cuestión dentro del conjunto de tas cuentas (auditoria financiera y de regularidad) o la naturaleza de la entidad fiscalizada o de su actividad (auditoria operacional de gestión).
Las normas de auditoria proporcionan al auditor una orientación mínima que ayuda a determinar la amplitud de las medidas y de los procedimientos de fiscalización que deben aplicarse para cumplir el objetivo de la auditoria. Son tos criterios o patrones con referencia a los cuales se evalúan los resultados de la auditoria.



Practico de Auditoria Gubernamental - Kattia A. Delgadillo Apuri - Registro: 216584
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NORMAS INERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF)

NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera)
Las Normas Internacionales de Información Financiera (antes Normas Internacionales de Contabilidad), emitidas por el International Accounting Standars Boards (IASB), basan su utilidad en la presentación de información consolidadas en los Estados Financieros.
Las NIIF aparecen como consecuencia del Comercio Internacional mediante la Globalización de la Economía, en la cual intervienen la práctica de Importación y Exportación de Bienes y Servicios, los mismos se fueron aplicando hasta llegar a la inversión directa de otros países extranjeros promoviendo así el cambio fundamental hacia la practica internacional de los negocios.
En vista de esto, se determina la aplicación del proceso de la Armonización Contable con el afán de contribuir a la construcción de parámetros normativos, que pretenden regular las actividades económicas de las naciones, estas normas intervienen dentro del sector social, educativo, empresarial, ambiental, entre otros, con el propósito de dar a conocer el grado de afectación de estos aspectos dentro de la globalización que se vienen desarrollando y la armonización con otros miembros reguladores del aspecto contable.
Debido al desarrollo económico y a la globalización, la unión europea se enfrenta a la decisión de adaptar los estándares internacionales de contabilidad el cual busca eliminar las incompatibilidades entre las NIIF con las directivas para que sean acordes al marco europeo se regula la Auditoria, se modifica el Código del Comercio y el Plan General de Contabilidad, teniendo en cuenta las recomendaciones de las directivas en cuanto a las sociedades y al manejo de las Cuentas Anuales Consolidadas e Individuales, esto según el tamaño de las empresas y si son cotizadas o no en bolsa de valores; trabajo delegado a los organismos normalizadores como el ICAC, el Banco Español y el Ministerio de Hacienda.
Esta adaptación genera unos cambios en el desarrollo de la practica contable, entre estos tenemos la utilización de diferentes métodos de valoración según la finalidad de los estados financieros, que es brindar información relevante y por consiguiente real y verificable de manera que sea útil a las necesidades de los usuarios, siendo complementada con la elaboración de las notas que constituyen la memoria en la cual se encuentra toda la información cualitativa y cuantitativa necesaria para comprender las Cuentas Anuales y que además sirve de base para elaborar el Informe de gestión en donde se evalúa el cumplimiento de las políticas de crecimiento y expansión, de recursos humanos, de medio ambiente, de inversión, de control interno entre otras, de los objetivos a corto y mediano plazo y a su vez los riesgos a los que estos se encuentran expuestos.
Objetivos de las NIIF
•Las NIIF favorecerán una información financiera de mayor calidad y transparencia, su mayor flexibilidad, que dará un mayor protagonismo al enjuiciamiento para dar solución a los problemas contables, es decir la aplicación del valor razonable, o el posible incremento de la actividad litigiosa.
•La calidad de las NIIF es una condición necesaria para cumplir con los objetivos de la adecuada aplicación, solo de este modo tiene sentido su condición de bien público susceptible de protección jurídica.
•Imponer el cumplimiento efectivo de la norma y garantizar la calidad del trabajo de los auditores, cuyo papel es esencial para la credibilidad de la información financiera.
•Hacer uso adecuado de la metodología y la aplicación en la praxis diaria.
Normas emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad IASB (Internacional
Accounting Standards Board)
Estas Normas versan sobre los siguientes temas:
NIIF 1: Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera:
Especifica como las Entidades deben llevar a cabo la transición hacia la adopción de las NIIF para la presentación de sus Estados Financieros.
NIIF 2: Pagos basados en acciones:
Requiere que una Entidad reconozca las transacciones de pagos basados en acciones en sus Estados Financieros, incluyendo las transacciones con sus empleados o con terceras partes a ser liquidadas en efectivo, otros activos, o por instrumentos de patrimonio de la entidad. Estas transacciones incluyen la emisión de acciones para el pago u opciones de acciones dadas a los empleados, directores y altos ejecutivos de la entidad como parte de su compensación o para el pago a proveedores tales como los de servicios.
NIIF 3: Combinaciones de negocio:
Requiere que todas las combinaciones de negocios sean contabilizadas de acuerdo con el método de compra como también la identificación del adquiriente como la persona que obtiene el control sobre la otra parte incluida en la combinación o el negocio. Define la forma en que debe medirse el costo de la combinación (activos, pasivos, patrimonio y el criterio de reconocimiento inicial a la fecha de la adquisición.
NIIF 4: Contratos de seguros:
Tiene como objetivos establecer mejoras limitadas para la contabilización de los contratos de seguros (asegurador), es decir revelar información sobre aquellos contratos de seguros.
NIIF 5: Activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones interrumpidas:
Define aquellos activos que cumplen con el criterio para ser clasificados como mantenidos para la venta y su medición al más bajo, entre su valor neto y su valor razonable menos los costos para su venta y la depreciación al cese del activo, y los activos que cumplen con el criterio para ser clasificados como mantenidos para la venta y su presentación de forma separada en el cuerpo del balance de situación y los resultados de las operaciones descontinuadas, los cuales deben ser presentados de forma separada en el estado de los resultados.
NIIF 6: Exploración y evaluación de los recursos minerales:
Define la exploración y evaluación de los recursos minerales, participaciones en el capital de las cooperativas, derecha de emisión (contaminación), determinación de si un acuerdo es, o contiene, un arrendamiento, derecho por intereses en fondos de desmantelamiento, restauración y rehabilitación medioambiental.
Las NIIF y los Estados Financieros
Los Estados Financieros son los documentos que deben preparar la empresa al determinar el ejercicio contable, con el fin de conocer la situación financiera y los resultados económicos obtenidos en las actividades de su empresa a lo largo de un período.
La información presentada en los estados financieros interesa a:
•La administración, para la toma de decisiones, después de conocer el rendimiento, crecimiento y desarrollo de la empresa durante un periodo determinado.
•Los propietarios para conocer el progreso financiero del negocio y la rentabilidad de sus aportes.
•Los acreedores, para conocer la liquidez de la empresa y la garantía de cumplimiento de sus obligaciones.
•El estado, para determinar si el pago de los impuestos y contribuciones esta correctamente liquidado.
Los estados financieros básicos son:
•El balance general
•El estado de resultados
•El estado de cambios en el patrimonio
•El estado de cambios en la situación financiera
•El estado de flujos de efectivo
Las NIIF no imponen ningún formato para los estados financieros principales, aunque en algunas de ellas se incluyen sugerencias de presentación. Esta ausencia puede ser chocante por el contraste que supone con las rígidas normas de presentación del PGC. En efecto, las normas internacionales hablan de información a revelar en general, y en muy pocas ocasiones disponen que los valores de algunas partidas deben aparecer, de forma obligada, en el cuerpo principal de los estados financieros. Esto da una gran libertad a la empresa que las utilice para planificar la apariencia externa de los estados financieros, y puede reducir la comparabilidad entre empresas.
No obstante, el problema de la comparabilidad se ha resuelto con un contenido mínimo del balance de situación, del estado de resultados y del estado de flujo de efectivo. Las empresas suelen seguir esos formatos mínimos, e incluir información de desglose en las notas, en forma de cuadros complementarios.
Las NIIF están diseñadas pensando en empresas grandes, con relevancia en el entorno económico y proyección internacional. No obstante, muchos países han adoptado directamente o han adaptado las normas internacionales para ser aplicadas por sus empresas, con independencia del tamaño o la relevancia.
Para establecer alguna distinción en razón de la importancia de la empresa en el entorno económico en el que se mueve, hay algunas normas que son particularmente aplicables a empresas cotizadas en bolsa, porque aportan información especialmente útil para los inversores. Es el caso de las que tratan de la presentación de información por segmentos y de las ganancias por acción.
La información segmentada es necesaria para entender, de forma separada, los componentes de la situación financiera, los resultados y los flujos de efectivo de empresas complejas, que desarrollan actividades diferentes u operan en mercados geográficos muy diferenciados. Esta es la situación normal de los grupos que presentan cuentas consolidadas.
En la normativa IASB, la empresa debe definir primero qué criterio de segmentación principal utiliza para su gestión (por actividades o por mercados), y dar información detallada de los activos, pasivos, gastos e ingresos de cada segmento que haya identificado, así como las inversiones realizadas en cada segmento y las bases para la fijación de precios inter-segmentos.
Además de desglosar información sobre los segmentos en el formato principal, las empresas deben informar acerca de los segmentos utilizando el formato secundario (si, por ejemplo, el principal son las actividades, el secundario serán los mercados geográficos), si bien esta información es mucho menos detallada, ya que basta con revelar los ingresos, el importe en libros de los activos y las inversiones en el periodo referidos a cada uno de los segmentos.
El objetivo que se persigue con el detalle que aporta la segmentación es informar al usuario de los estados financieros de las cifras más importantes de la empresa desglosados por los componentes más relevantes del negocio, a fin de que pueda percibir cómo se generan los ingresos, los gastos y los resultados en los mismos, para que pueda comprender los riesgos que tienen y su papel en la configuración de las cifras generales que conforman los estados financieros de toda la entidad.
Con ello no sólo comprenderá mejor la gestación de las cifras, sino que podrá proyectarlas para evaluar la capacidad y el rendimiento futuro de la Organización.






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