lunes, 14 de abril de 2008

AUDITORIAS RELACIONADAS CON ASUNTOS FINANCIEROS

AUDITORIAS RELACIONADAS CON ASUNTOS FINANCIEROS

Ciertas normas del AICPA incluyen tipos específicos de auditorías de asuntos financieros y las NAG incorporan esas normas tal como se describen a continuación.
SAS No. 35. Informes Especiales - Aplicando Procedimientos Acordados a Elementos Específicos, Cuentas o Partidas de un Estado Financiero:
SAS No. 62 Informes Especiales., para examinar elementos cuentas o partidas específicas de un estado financiero;
SAS No. 68 Auditoría sobre el Cumplimiento aplicable a Entidades Gubernamentales u Otros Beneficiarios., de asistencia Financiera Gubernamental., para efectuar pruebas sobre el cumplimiento con las leyes y regulaciones aplicables a programas de asistencia financiera gubernamental:



SAS No. 70. Informes sobre el Procesamiento de Transacciones efectuado por Organizaciones de Servicios, para examinar la descripción de los controles internos de las organizaciones de servicios que procesan transacciones para otros;
SAS No. 74. Consideraciones sobre Auditorías de Cumplimiento. en Auditorías de Entidades Gubernamentales y otros Receptores de Asistencia Financiera Gubernamental; Además de cumplir con las normas aplicables del AICPA., el auditor debe observar las normas relacionadas a los papeles de trabajo y seguimiento de auditoría de este capítulo. El auditor aplicará o adaptará las otras normas y etapas que se describen en este capítulo según sea necesario en las circunstancias. Con respecto a auditorías de asuntos financieros que no se han descrito anteriormente, el auditor debe seguir las normas de trabajo de campo para auditorías operativas del capítulo 6.

PROPOSITO
En este capítulo se instituyen normas para presentar informes de auditorías financieras. que incluyen la auditoría de estados financieros y la auditoría de asuntos financieros.
RELACION CON LAS NORMAS DEL AICPA
Con respecto a las auditorías de estados financieros, las normas de auditoría Gubernamental (NAG), incorporan las cuatro normas generalmente aceptadas del Instituto de Contadores Públicos de los Estados Unidos (AICPA) para la presentación de informes, así: El informe debe establecer si los estados financieros se presentan de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados;
El informe identifica aquellas circunstancias en las cuales no se han observado consistentemente tales principios en el período con respecto al año precedente:
Las revelaciones en los estados financieros han de ser consideradas como razonablemente adecuadas a menos que se establezca lo contrario en el informe: y,
El informe debe contener la expresión de una opinión con respecto a los estados financieros, tomados en su conjunto, cuando no se puede expresar una opinión en conjunto, se deben consignar las razones de ello. En cualquier caso que se asocie el nombre del auditor con los estados financieros, el informe debe contener una indicación precisa sobre la naturaleza del trabajo del auditor, si fuera el caso, y el grado de responsabilidad que está asumiendo.
El AICPA ha emitido declaraciones sobre las normas de auditoría (SAS) que interpretan las normas para la presentación de informes. El presente capítulo incorpora estos SAS e incluye normas complementarias sobre:
Comunicación con el nivel superior u otras personas responsables de la entidad u organismo auditado
Presentación de informes sobre el cumplimiento con las NAG
Presentación de informes sobre el cumplimiento con leyes y regulaciones y sobre controles internos y,
Distribución de los informes
El presente capítulo concluye explicando las normas que los auditores deben acatar al presentar informes sobre el resultado de auditorías de asuntos financieros.
Ciertas normas del AICPA mencionan tipos específicos de auditorías de asuntos financieros y las NAG incorporan esas normas, tal como se describe más adelante:
SAS No. 35, Informes Especiales - Aplicando Procedimientos Acordados a Elementos, Cuentas o
Partidas de los Estados Financiero;
SAS No. 62, Informes Especiales, para examinar elementos, cuentas o partidas de los estados financieros;
SAS No. 68, Auditoría de Cumplimiento aplicable a Entidades Gubernamentales y Otros Beneficiarios de Asistencia Financiera Gubernamental, para efectuar pruebas sobre el cumplimiento de las leyes y regulaciones aplicables a programas de asistencia financiera;
SAS No. 70, Informes sobre el Procesamiento de Transacciones efectuadas por Organizaciones de Servicios, para examinar las descripciones de los controles internos de las organizaciones de servicio que procesan las transacciones para otros;
SAS No. 74, Consideraciones sobre Auditorías de Cumplimiento, en Auditorías de Entidades Gubernamentales y otros Receptores de Asistencia Financiera Gubernamental;





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